CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 53/2016. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. 24 DE MAYO DE 2022. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIA: ÚRSULA HERNÁNDEZ MAQUÍVAR.
Fecha: 03-Feb-2023
Artículo Primer Y Segundo Párrafos
"La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
"Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos."
64. Sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007 (página 125), resueltas por este Pleno en sesión de veintiocho de agosto de dos mil ocho.
65. Al respecto se estableció que la invalidez por inconstitucionalidad también alcanzaba a un fragmento de la fracción I del artículo 199 del Código Penal de Coahuila de Zaragoza que versaba sobre el aborto por violación, o por inseminación o implantación indebidas (fracción I). El texto de tal norma, en su primer párrafo establecía: "Cuando el embarazo sea resultado de una violación, o de una inseminación artificial o implantación de un óvulo en cualquiera de los supuestos referidos en los artículos 240 y 241 de este código, y la mujer embarazada practique su aborto o consienta el mismo, dentro de las doce semanas siguientes a la concepción."
66. En sesión de siete de julio de dos mil veintiuno, bajo la ponencia del señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
67. El veintitrés de febrero de dos mil veintidós, bajo la ponencia de la Ministra Norma Ana Margarita Ríos Farjat.
68. Cfr. Tesis 1a. CDV/2014 (10a.), emitida por la Primera Sala, consultable en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, registro digital: 2007981, Libro 12, noviembre de 2014, Tomo I, materia constitucional, página 714, de rubro: "DERECHOS HUMANOS. SU CONTENIDO NO SE LIMITA AL TEXTO EXPRESO DE LA NORMA QUE LO PREVÉ, SINO QUE SE EXTIENDE A LA INTERPRETACIÓN QUE LOS ÓRGANOS AUTORIZADOS HAGAN AL RESPECTO."
69. La salud reproductiva debe ser entendida como un estado de bienestar físico, mental y social y no como mera ausencia de enfermedades en todo lo referido al sistema reproductivo, sus funciones y procesos. Esta comprensión de la salud reproductiva implica el reconocimiento de que las personas deben estar en capacidad de llevar una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de tomar decisiones respecto a si desean procrear y en qué momentos, de donde se desprende su derecho a recibir información y a acceder a métodos seguros, eficaces, asequibles y aceptables para planificar y, simultáneamente a acceder a servicios de salud que permitan llevar adelante el embarazo y el parto de manera segura y sin riesgos.
70. Resuelto el cuatro de abril de dos mil dieciocho por unanimidad de votos de los integrantes de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo la ponencia del Ministro José Fernando Franco González Salas.
71. Resuelto el dieciocho de abril de dos mil dieciocho por unanimidad de cuatro votos (ausente Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos), bajo la ponencia del Ministro José Fernando Franco González Salas.
- Resultandos
- Acto Cuya Invalidez Se Demanda
- Cuando Se Pretenda Modificar Una Nom Debe Cumplirse Con El Procedimiento Para Su Elaboración
- A Contestación A Los Hechos
- B Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- C Consideraciones
- D Validez Del Acto Impugnado
- Primerocompetencia
- Segundooportunidad
- Tercerolegitimación Activa
- Cuartolegitimación Pasiva
- Quintocausas De Improcedencia
- Sextocontenido De La Norma Combatida
- Séptimoestudio De Fondo
- Expedida Por Las Dependencias Competentes
- Considerando
- Algunas De Las Consideraciones Más Relevantes De Dicho Acuerdo De Solución Amistosa Son
- Objetivo
- Campo De Aplicación
- Reformada Dof De Enero De
- Adicionado Dof De Enero De
- Reformado Dof De Mayo De
- Artículo
- A Continuación Procede Examinar Los Demás Argumentos De La Accionante
- Primeroes Procedente Pero Infundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Ibídem Foja
- Cfr Controversia Constitucional Página
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Cuaderno Principal De La Controversia Constitucional Foja
- Artículo La Forma De Gobierno Del Estado Es Republicana Representativa Y Popular
- Fojas Y Del Expediente
- Artículo O
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- V La Planificación Familiar
- Artículo O Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Consultado En La Página De Internet Httpsdleraeescausa El Quince De Mayo De Dos Mil Veinte
- Artículo Primer Y Segundo Párrafos