INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 129/2007. MARCO ANTONIO JIMÉNEZ CARRILLO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 129/2007. MARCO ANTONIO JIMÉNEZ CARRILLO.

Fecha: 31-Dic-1994

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-Existe incumplimiento de la resolución de veinticuatro de enero de dos mil seis, pronunciada por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, en el recurso de queja 135/2005-I, relacionada con el juicio de amparo indirecto 455/2003-3.

SEGUNDO.-El incumplimiento admite excusa, porque dicha resolución no es ejecutable y, por tanto, ha lugar a declarar su insubsistencia.