INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 542/2008. BERNARDINO FRANCO BADA.
Fecha: 07-Ene-2011
Iii Las Que Modifiquen Los Resultados Establecidos
"Artículo 92. En todos los casos las unidades responsables del gasto deberán justificar las adecuaciones presupuestarias, señalándose la información siguiente:
"I. Motivos de la propuesta de reducción al presupuesto, tanto de las actividades institucionales como de las claves presupuestales, señalando las acciones que se verán afectadas, derivadas de la disminución de recursos o bien, los efectos del resultado de la instrumentación de medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria, así como la obtención de mejores cotizaciones en los procesos licitatorios, con respecto a los costos previstos, entre otros, y
"II. Por lo que se refiere a los movimientos de ampliación al presupuesto tanto de las actividades institucionales como de las claves presupuestales, se deberán incorporar los elementos que motivan la ampliación de recursos y el aumento de la cantidad física en las actividades institucionales."
"Artículo 93. La secretaría, por conducto de la subsecretaría, podrá solicitar mayor información a las unidades responsables del gasto, cuando lo considere necesario."
"Artículo 94. Corresponderá al titular de la unidad responsable del gasto o a los servidores públicos de nivel de estructura facultados, solicitar el registro presupuestal de las adecuaciones presupuestarias mediante el uso de la firma electrónica o autógrafa en su caso, de conformidad con lo establecido en la ley, el decreto y demás normatividad aplicable."
"Artículo 95. La secretaría por conducto de la subsecretaría, determinará los demás requisitos que deberán observar las unidades responsables del gasto para el trámite de las adecuaciones presupuestarias, en términos de las reglas de carácter general para el ejercicio presupuestario que emita."
- Considerando
- Tiene Aplicación La Tesis Del Rubro Texto Y Datos De Localización Siguientes
- Reformada Go De Enero De
- Capítulo Ii
- Capítulo V
- Reformada Go De Agosto
- Capítulo Vi
- Artículo Corresponde Al Titular De La Tesorería Del Distrito Federal
- Viii Llevar Y Mantener Actualizados Los Padrones De Contribuyentes
- Reformada Go De Agosto De
- Adicionada Go De Agosto De
- Capítulo Vii
- Reformada Go De Septiembre De
- Artículo Corresponde A La Subtesorería De Administración Tributaria
- Vi Derogada Go De Febrero De
- Reformada Go De Febrero De
- Xi Establecer Y Expedir Las Bases Normativas Inherentes A Sus Funciones
- Xiv Derogada Go De Febrero De
- Artículo Corresponde A La Dirección De Servicios Al Contribuyente
- V Brindar Orientación Y Asesoría A Los Contribuyentes
- Artículo Corresponde A Las Administraciones Tributarias
- V Derogada Go De Febrero De
- Vii Derogada Go De Febrero De
- Xi Derogada Go De Febrero De
- Xiv Coadyuvar En La Determinación Y Registro De Los Consumos De Agua
- Xvi Brindar Orientación Y Asesoría Al Contribuyente
- Xviii Derogada Go De Febrero De
- A Elaborar Las Bases De Política Fiscal De La Hacienda Pública Del Distrito Federal
- E Registrar Y Llevar El Control De Los Padrones De Contribuyentes
- J Recibir Tramitar Y Resolver Las Solicitudes De Reconocimiento De Enteros
- Iii Ampliaciones Y Reducciones Líquidas Al Presupuesto De Egresos
- Reglamento De La Ley De Presupuesto Y Gasto Eficiente Del Distrito Federal
- Iv Los Demás Que Determine Y Publique La Secretaría
- Ii Ampliación O Adición O
- Artículo Las Adecuaciones Presupuestarias Podrán Ser
- Iii Las Que Modifiquen Los Resultados Establecidos
- Artículo Corresponde Al Titular De La Subsecretaría De Egresos
- Artículo Corresponde A La Dirección General De Política Presupuestal
- De Los Preceptos Transcritos Se Desprende En Lo Sustancial
- Dirección General De Política Presupuestal
- Recursos Para Garantizar El Estado De Derecho
- Tiene Aplicación Al Caso Concreto La Tesis Del Rubro Texto Y Datos De Localización Siguientes
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve