RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 17/95. LÁZARO RODRÍGUEZ CASTAÑEDA, PABLO VARGAS CORTÉS, JULIÁN AYALA PALACIOS, HUMBERTO AYALA CORTÉS, JAVIER RIVERA MORA, CRESCENCIANO CONDE HERNÁNDEZ Y RICARDO CASTILLO VIDAL, OSTENTÁNDOSE COM
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 17/95. LÁZARO RODRÍGUEZ CASTAÑEDA, PABLO VARGAS CORTÉS, JULIÁN AYALA PALACIOS, HUMBERTO AYALA CORTÉS, JAVIER RIVERA MORA, CRESCENCIANO CONDE HERNÁNDEZ Y RICARDO CASTILLO VIDAL, OSTENTÁNDOSE COM

Fecha: 24-Sep-1995

Ii Los Municipios Estarán Investidos De Personalidad Jurídica

Por su parte, la Constitución Política del Estado de Morelos, en su artículo 115, fracción III, párrafos primero y segundo, dispone que:

"El gobierno del Municipio se ejercerá por un Ayuntamiento de elección popular directa, que se renovará cada tres años.

"Los Ayuntamientos se integrarán con un presidente municipal y un síndico; además con los regidores electos en el número que determine la ley, debiendo ser para cada Municipio proporcional al número de sus habitantes y nunca menor de tres."

A su vez, los numerales 1o., 2o., 6o., inciso 21, 29, 31, párrafo primero, 32, fracción IV, 53, 55, 59 y 62 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos textualmente disponen:

"Artículo 1o. La organización y funcionamiento de las administraciones públicas de los Municipios del Estado de Morelos tienen su fundamento en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el título sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y sus actividades, legales y administrativas, se rigen por las normas que establece la presente ley."

"Artículo 2o. El Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado; constituye una entidad pública con personalidad jurídica, por consiguiente es susceptible de derechos y obligaciones, debiendo manejar su patrimonio conforme a la ley."

"Artículo 6o. De conformidad con el artículo 110 de su Constitución Política, el Estado de Morelos, para su régimen interior, se divide en los siguientes Municipios Libres:

"...