RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 17/95. LÁZARO RODRÍGUEZ CASTAÑEDA, PABLO VARGAS CORTÉS, JULIÁN AYALA PALACIOS, HUMBERTO AYALA CORTÉS, JAVIER RIVERA MORA, CRESCENCIANO CONDE HERNÁNDEZ Y RICARDO CASTILLO VIDAL, OSTENTÁNDOSE COM
Fecha: 24-Sep-1995
Notifíquese Y En Su Oportunidad Archívese El Expediente De La Controversia Constitucional
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en sesión de cinco de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de once votos de los Ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juventino V. Castro y Castro, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Juan N. Silva Meza y Vicente Aguinaco Alemán, bajo la presidencia de este último. Fue ponente el Ministro Mariano Azuela Güitrón.
Nota: La tesis P. X/96, derivada de la reclamación en la controversia constitucional 17/95, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, febrero de 1996, página 166.
- Secretaria Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot
- Resultando
- Segundo Los Promoventes Narraron Los Siguientes Hechos
- Considerando
- Segundo El Acto Recurrido Textualmente Dice
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueve La Controversia
- Tercero Los Recurrentes Hacen Valer Los Siguientes Agravios
- Cuarto Son Infundados Los Agravios Aducidos
- I Como Actor La Entidad Poder U Órgano Que Promueva La Controversia
- Ii Los Municipios Estarán Investidos De Personalidad Jurídica
- Tepoztlán
- Iv Cinco Regidores Tepoztlán
- El Artículo Fracción I Tercer Y Cuarto Párrafos De La Constitución Federal Establece
- Artículo Son Facultades Del Gobernador Del Estado
- Artículo
- Los Ayuntamientos Se Integrarán
- Notifíquese Y En Su Oportunidad Archívese El Expediente De La Controversia Constitucional