SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 3/2007-SS. PRESIDENTA DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 3/2007-SS. PRESIDENTA DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

Fecha: 06-Mar-2007

Considerando

PRIMERO. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver la presente modificación de jurisprudencia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197, último párrafo, de la Ley de Amparo y 21, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por tratarse de una solicitud de modificación de jurisprudencia por contradicción de tesis emitida por esta Sala relacionada con un tema de suspensión en materia administrativa, cuya especialidad corresponde a la misma.

SEGUNDO. La presente solicitud de modificación proviene de parte legítima, en virtud de que versa sobre la modificación de la jurisprudencia 2a./J. 157/2006, sustentada por esta Segunda Sala al resolver la contradicción de tesis 147/2006-SS y fue formulada por la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, presidenta de la propia Sala y, por ende, integrante de la misma, quien se encuentra facultada para ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197, último párrafo, de la Ley de Amparo.