SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 3/2007-SS. PRESIDENTA DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Fecha: 06-Mar-2007
Ley De Amparo
"Artículo 197. ... Las Salas de la Suprema Corte de Justicia y los Ministros que las integren y los Tribunales Colegiados de Circuito y los Magistrados que los integren, con motivo de un caso concreto podrán pedir al Pleno de la Suprema Corte o a la Sala correspondiente que modifique la jurisprudencia que tuviesen establecida, expresando las razones que justifiquen la modificación; el procurador general de la República, por sí o por conducto del agente que al efecto designe, podrá, si lo estima pertinente, exponer su parecer dentro del plazo de treinta días. El Pleno o la Sala correspondiente resolverán si modifican la jurisprudencia, sin que su resolución afecte las situaciones jurídicas concretas derivadas de los juicios en las cuales se hubiesen dictado las sentencias que integraron la tesis jurisprudencial modificada. Esta resolución deberá ordenar su publicación y remisión en los términos previstos por el artículo 195."
2. AR. 1015/2005, AR. 2146/2005, AR. 810/2006, AR. 1285/2006, AR. 1659/2006, resueltos en sesión de 27 de febrero de 2007. AR. 510/2004, AR. 1185/2004, AR. 1666/2005, AR. 259/2005, AR. 936/2006 y AR. 1200/2006 resueltos en sesión de 6 de marzo de 2007.
3. AR. 1015/2005, AR. 2146/2005, AR. 810/2006, AR. 1285/2006 y AR. 1659/2006 resueltos en sesión de 27 de febrero de 2007. AR. 510/2004, AR. 1185/2004, AR. 1666/2005, AR. 259/2005, AR. 936/2006 y AR. 1200/2006 resueltos en sesión de 6 de marzo de 2007.
4. Lo relativo a la atención médica no formó parte de la contradicción de tesis que derivó la jurisprudencia cuya modificación se solicita.
5. Lo relativo a la atención médica no formó parte de la contradicción de tesis que derivó la jurisprudencia cuya modificación se solicita.
- Secretario Alberto Miguel Ruiz Matías
- Resultando
- Considerando
- Este Criterio Tiene Apoyo En Las Tesis Cuyos Rubro Texto Y Datos De Localización Son
- Que Se Expresen Los Razonamientos Legales En Que Se Apoye La Pretensión De Su Modificación
- Análogas Consideraciones A Las Precedentes Sustentó Esta Sala Al Resolver El Varios Ss
- Cuarto La Jurisprudencia Aj Cuya Modificación Se Solicita Es Del Tenor Siguiente
- El Punto De Contradicción Se Fijó Para
- B Que Perciba El Haber Correspondiente Y Demás Beneficios Económicos
- De La Lectura De Las Consideraciones Preinsertas Se Advierte Lo Siguiente
- B Para Que El Quejoso Siguiera Prestando Sus Servicios Al Ejército Mexicano
- Del Análisis De Las Consideraciones Preinsertas Se Advierte Lo Siguiente
- Las Anteriores Consideraciones Tienen Apoyo En Las Tesis Cuyos Textos Y Datos De Localización Son
- En La Contradicción De Tesis Ss El Punto De Contradicción Consistió En
- Ii Que No Se Siga Perjuicio Al Interés Social Ni Se Contravengan Disposiciones De Orden Público
- Reformado Dof De Agosto De
- Ley De Amparo
- Código Federal De Procedimientos Civiles