Suprema Corte de Justicia de la Nación
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 14/2010. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012. PONENTE: MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. SECRETARIA: MARÍA M
Fecha: 27-Sep-2012
Reformada Dof De Enero De
"X. Contra actos emanados de un procedimiento judicial, o de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, cuando por virtud de cambio de situación jurídica en el mismo deban considerarse consumadas irreparablemente las violaciones reclamadas en el procedimiento respectivo, por no poder decidirse en tal procedimiento sin afectar la nueva situación jurídica.
- Resultando
- Considerando
- Artículo
- Que Se Expresen Los Razonamientos Legales En Que Se Apoye La Pretensión De Su Modificación
- Y Posteriormente Sostuvo El Criterio Que Se Copia Relativo A La Suspensión Del Procedimiento
- Reformada Dof De Enero De
- Reformado Dof De Febrero De
- A Continuación Se Copian En Lo Conducente Las Referidas Consideraciones
- Lo Resuelto En El Amparo En Revisión En La Parte Que Interesa Es Del Tenor Siguiente
- Página
- Ejecución De Sentencias De Amparo Contra Terceros De Buena Fe
- Así Pues De Las Anteriores Consideraciones Pueden Destacarse Los Siguientes Elementos
- En Virtud De Lo Antes Dicho Habrá De Considerarse La Existencia De Dos Posibilidades
- Que Ninguna De Las Partes Promueva Juicio De Amparo Contra La Sentencia O Laudo
- En Esa Virtud El Criterio Que Debe Prevalecer Con Carácter De Jurisprudencia Es El Siguiente
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo