VARIOS 27/2006-PS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1a./J. 197/2005.
Fecha: 18-Mar-1994
Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.-Se aclara, de oficio, la jurisprudencia publicada con el número 1a./J. 197/2005, en la página 327, del Tomo XXIII, febrero de 2006, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, bajo el rubro: "", sustentada por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis número 71/2005-PS en sesión de fecha veintitrés de noviembre de dos mil cinco.
SEGUNDO.-Debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, el criterio aclarado por esta Primera Sala en los términos señalados en el último considerando de esta ejecutoria.
TERCERO.-Se ordena la publicación y remisión de la tesis en los términos previstos por el artículo 195 de la Ley de Amparo.
Notifíquese; remítase la tesis de jurisprudencia aprobada, a las Salas de este Alto Tribunal, a los Tribunales de Circuito, a los Juzgados de Distrito y al Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, para su publicación; y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos de los señores Ministros: José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y José Ramón Cossío Díaz, en contra de los emitidos por los Ministros Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Sergio A. Valls Hernández, por lo que hace a la vía de aclaración de jurisprudencia; y, por mayoría de cuatro votos de los Ministros: José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas (ponente) y presidente José Ramón Cossío Díaz, en contra del emitido por el Ministro Sergio A. Valls Hernández, respecto a la procedencia de la aclaración propuesta.
- Resultando
- Antecedentes
- Considerando
- Página
- El Artículo Inicialmente Citado Señala Textualmente
- Tesis Pj
- En El Caso Esos Aspectos Imprecisos Se Refieren
- Materia De La Contradicción De Tesis
- Tesis P Xxviii
- Los Criterios En Conflicto Fueron Planteados En Esa Ejecutoria De La Siguiente Manera
- Se Aprecia De Lo Anterior Que El Tercer Tribunal Colegiado Esencialmente Concluye Con Lo Siguiente
- Problemas De Interpretación Derivados De La Tesis En Estudio
- I Los Créditos Que Vayan A Ser Objeto De Cesión O Descuento O
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