VARIOS 27/2006-PS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1a./J. 197/2005.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

VARIOS 27/2006-PS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1a./J. 197/2005.

Fecha: 18-Mar-1994

Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-Se aclara, de oficio, la jurisprudencia publicada con el número 1a./J. 197/2005, en la página 327, del Tomo XXIII, febrero de 2006, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, bajo el rubro: "", sustentada por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis número 71/2005-PS en sesión de fecha veintitrés de noviembre de dos mil cinco.

SEGUNDO.-Debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, el criterio aclarado por esta Primera Sala en los términos señalados en el último considerando de esta ejecutoria.

TERCERO.-Se ordena la publicación y remisión de la tesis en los términos previstos por el artículo 195 de la Ley de Amparo.

Notifíquese; remítase la tesis de jurisprudencia aprobada, a las Salas de este Alto Tribunal, a los Tribunales de Circuito, a los Juzgados de Distrito y al Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, para su publicación; y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos de los señores Ministros: José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y José Ramón Cossío Díaz, en contra de los emitidos por los Ministros Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Sergio A. Valls Hernández, por lo que hace a la vía de aclaración de jurisprudencia; y, por mayoría de cuatro votos de los Ministros: José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas (ponente) y presidente José Ramón Cossío Díaz, en contra del emitido por el Ministro Sergio A. Valls Hernández, respecto a la procedencia de la aclaración propuesta.