SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 044/2000
Fecha: 04-Jul-2000
I.5
I.5 Que la Constitución Política del Estado al garantizar los derechos a la vida, la salud y la seguridad social, no establece restricciones o salvedades cuando se trate de enfermos terminales o inválidos, contrariamente a como lo hacen las disposiciones impugnadas que implícitamente establecen que a quienes padecen de enfermedades terminales no vale la pena otorgarles prestaciones médicas, porque con o sin ellas, el fallecimiento será inevitable, razonamiento inaceptable en un Estado de derecho que se dice democrático e inspirado en los derechos humanos.
I.5 Que la Constitución Política del Estado al garantizar los derechos a la vida, la salud y la seguridad social, no establece restricciones o salvedades cuando se trate de enfermos terminales o inválidos, contrariamente a como lo hacen las disposiciones impugnadas que implícitamente establecen que a quienes padecen de enfermedades terminales no vale la pena otorgarles prestaciones médicas, porque con o sin ellas, el fallecimiento será inevitable, razonamiento inaceptable en un Estado de derecho que se dice democrático e inspirado en los derechos humanos.