SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 003/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 003/2001

Fecha: 05-Ene-2001

III.3.

III.3.    La Corte Nacional Electoral al rechazar por segunda vez las listas de “UCS” para el municipio en cuestión y otorgar la concejalía al “MBL”, en respeto de la verdadera voluntad popular ha aprobado las listas correctamente habilitadas y no aquéllas fraudulentas, decisión que no puede tildarse de parcial, sino que ha sido adoptada no sólo en base a los principios de imparcialidad y soberanía popular, señalados por el recurrente, sino también sobre los principios de igualdad, transparencia, autonomía e independencia.