Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 003/2001
Fecha: 05-Ene-2001
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la Jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-6 de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso, con costas y multa de Bs. 500 al recurrente, debiendo remitir a este Tribunal el original del comprobante de pago.