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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1263/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1263/01-R

    Fecha: 29-Nov-2001

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    • recurso de oposición
    • la impugnación
    • llevándose a cabo las operaciones por uno o más  o todos los asociados, según se convenga en el contrato.
    • el o los asociados encargados de las operaciones, actuarán en su propio nombre; los terceros adquieren derechos y asumen obligaciones solamente con respecto de dichos asociados, cuya responsabilidad es solidaria e ilimitada. Los asociados no encargados de las operaciones carecen de  acción directa  contra terceros.
    • el proponente en su condición de Asociación Accidental, ha cumplido con la presentación de los documentos indebidamente  extrañados, adecuándose  la empresa recurrente a las disposiciones del Código de Comercio precedentemente aludidas
    • POR TANTO:

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