SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1263/01-R
Fecha: 29-Nov-2001
2.
2. De fs. 575 a 580 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 28 de septiembre de 2001, en la que el recurrente ratifica los términos de la demanda y los amplía arguyendo que: a) una vez abierto el sobre “B” recién correspondería la inhabilitación respectiva, pero en el caso presente la inhabilitación fue ilegal porque además no se les devolvió el sobre “B”; b) el documento del SENAREC observado por AAPOS se encuentra en obrados, de manera que en la reunión que tuvieron con esa entidad se les hizo conocer que lo único que faltaba era el documento de representación de la fábrica principal, empero, presentaron una carta notariada de “US Pipe” que declaró que como Consorcio están autorizados para presentar precios y materiales, cumpliendo el Pliego de Condiciones.
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- a)
- 3.
- CONSIDERANDO:
- 4)
- 6)
- 7)
- recurso de oposición
- la impugnación
- llevándose a cabo las operaciones por uno o más o todos los asociados, según se convenga en el contrato.
- el o los asociados encargados de las operaciones, actuarán en su propio nombre; los terceros adquieren derechos y asumen obligaciones solamente con respecto de dichos asociados, cuya responsabilidad es solidaria e ilimitada. Los asociados no encargados de las operaciones carecen de acción directa contra terceros.
- el proponente en su condición de Asociación Accidental, ha cumplido con la presentación de los documentos indebidamente extrañados, adecuándose la empresa recurrente a las disposiciones del Código de Comercio precedentemente aludidas
- POR TANTO: