SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 85/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 85/01

Fecha: 15-Nov-2001

V.2.

V.2. Asimismo, el art. 8 de la mencionada Ley establece que son de competencia de los Gobiernos Municipales los actos administrativos, jurídicos, técnicos, económicos, culturales y sociales que generen una relación en la que la Municipalidad sea sujeto, objeto o agente. El art. 9-1) atribuye a las Municipalidades la planificación y promoción del desarrollo urbano; y el art. 19-3) reconoce como facultad de los Concejos Municipales, dictar sus Reglamentos, Ordenanzas, Resoluciones y otros instrumentos normativos municipales, y en el num. 6) de esta norma le otorga la potestad de emitir y aprobar Ordenanzas para normar el gobierno y la administración municipales conforme a Ley.