SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 007/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 007/2001

Fecha: 09-Feb-2001

I.5

I.5        Que el Juez al aprobar el peritaje  mencionado, que  otorga más de lo pedido por las partes y más de lo establecido por el Laudo Arbitral,  atenta contra la cosa juzgada  e  incurre en la nulidad prevista por  los arts. 254- 4) del Código de Procedimiento Civil y 31 de la Constitución Política del Estado, aspecto que  hizo notar al  Juez, pidiendo la nulidad de obrados, pero no atendió tal solicitud, y dictó los Autos impugnados, aprobando el tantas veces citado peritaje.

Por todo lo precedentemente manifestado, y, además, porque no se dio cumplimiento al art. 113-c) de la Ley General del Trabajo que faculta al Ejecutivo a dictar Resolución especial para declarar obligatorias las decisiones del Tribunal Arbitral,  interpone Recurso Directo de Nulidad contra los Autos de 26 de octubre y 1 de noviembre de 2000, dictados por el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pidiendo se declare su nulidad, y se remitan antecedentes al Ministerio Público.