SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 007/2001
Fecha: 09-Feb-2001
I.5
I.5 Que el Juez al aprobar el peritaje mencionado, que otorga más de lo pedido por las partes y más de lo establecido por el Laudo Arbitral, atenta contra la cosa juzgada e incurre en la nulidad prevista por los arts. 254- 4) del Código de Procedimiento Civil y 31 de la Constitución Política del Estado, aspecto que hizo notar al Juez, pidiendo la nulidad de obrados, pero no atendió tal solicitud, y dictó los Autos impugnados, aprobando el tantas veces citado peritaje.
Por todo lo precedentemente manifestado, y, además, porque no se dio cumplimiento al art. 113-c) de la Ley General del Trabajo que faculta al Ejecutivo a dictar Resolución especial para declarar obligatorias las decisiones del Tribunal Arbitral, interpone Recurso Directo de Nulidad contra los Autos de 26 de octubre y 1 de noviembre de 2000, dictados por el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pidiendo se declare su nulidad, y se remitan antecedentes al Ministerio Público.