SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 007/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 007/2001

Fecha: 09-Feb-2001

V.5

V.5      Que en el caso que se examina, la empresa ahora recurrente no observó oportunamente la designación del perito en la ejecución del Laudo Arbitral que se  efectuó en el Juzgado a cargo del recurrido, sino por el  contrario,  la admitió al presentar los documentos exigidos,  realizando su objeción cuando el Informe Pericial fue presentado.