Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 036/01
Fecha: 30-May-2001
I.3
I.3 Agregan que el artículo aludido también viola el principio de la territorialidad de la Ley y la prevalencia de la soberanía del Estado nacional; así se interpreta inclusive en la jurisprudencia internacional cuando la Carta de las NN.UU. y de la OEA establecen sin lugar a dudas que todo Estado debe tender y preservar su soberanía por todos los medios.
- Fragmento 1
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- II.1
- III.1
- III.2.
- III.3.
- IV.2
- IV.3.1
- IV.3.2
- IV.4
- “Artículo 357 A) Vigencia de este código.-
- se aplicará a las solicitudes que se formulen a partir de su entrada en vigor, aun cuando las acciones u omisiones correspondientes hubiesen tenido lugar antes de esa fecha”
- V.1
- POR TANTO: