Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 056/01
Fecha: 17-Jul-2001
III.1.
III.1. Los recurrentes cometen un error al afirmar que como Ministro de la Sala Penal hubiera sido convocado directamente para intervenir en el caso, toda vez que el 25 de noviembre de 1999 se encontraba en ejercicio de la semanería y fue convocado para resolver primeramente la excusa del Dr. Héctor Sandoval Parada, titular de la Sala Penal Primera y posteriormente intervino en el sorteo para la resolución de fondo; sorteo en que el Ministro Tovar quedó como Relator.