SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 056/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 056/01

Fecha: 17-Jul-2001

V.10.

V.10. Que por consiguiente, todas las actuaciones y resoluciones posteriores donde interviene el Ministro Carlos Tovar, tales como la convocatoria de 25 de noviembre de 1999 al Ministro Armando Villafuerte para conocer la excusa del Dr. Héctor Sandoval Parada, presentada el 24 de ese mes, el Auto Supremo de 01 de diciembre de 1999 que declara Legal la excusa y ordena la prosecución de la causa; el nuevo sorteo del expediente en 30 de noviembre de 2000 y el Auto Supremo N° 691 de 11 de diciembre de 2000, (dictado después de 18 meses de realizado el sorteo válido en derecho), son nulos de pleno derecho porque fueron efectuadas cuando esa autoridad judicial había perdido definitivamente competencia en el asunto, en estricta observancia del art. 9 del Código de Procedimiento Civil, lo que acarrea que el Ministro Armando Villafuerte también  haya actuado sin competencia alguna en el presente caso.