Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 056/01
Fecha: 17-Jul-2001
IV.2.
IV.2. Que el 24 de noviembre de 1999, el Dr. Héctor Sandoval Parada, Presidente de la Sala Penal Primera formuló excusa por estar comprendido en el art. 3-9) de la Ley N° 1760; frente a lo cual, con el objeto de considerar la excusa y en su caso la resolución de la causa, el Ministro Tovar convocó al Dr. Armando Villafuerte el 25 de noviembre del mismo año, dictándose el Auto de 1 de diciembre de 1999 que declara Legal la excusa y ordena la prosecución de la causa (fs. 57-59).