Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 861/01-r
Fecha: 14-Ago-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución Nº 106, corriente de fs. 52 a 53, dictada el 18 de junio de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Hernán Blacutt Barrón, Intendente Especial de Liquidación y Sustituto procesal del Banco de Cochabamba S.A., en liquidación, contra Carlos Tovar Gutzlaff, Ministro de la Corte Suprema de Justicia e Isabel Paz Lea Plaza, Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz ; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- IMPROCEDENTE
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 6)
- 7)
- quien presentó el proyecto de resolución a consideración de la Sala Plena de 12 de octubre de 1995, donde fue aprobado sin disidencia por los ocho Ministros que participaron en la misma, todo de conformidad a lo establecido por los arts. 55-17) y 57 de la Ley de Organización Judicial, no siendo evidente que en la Sala Plena siguiente -25 de octubre del mismo año- los Ministros hubieran retirado su voto.
- a fin de que los litigantes conozcan los motivos que determinan el fallo
- la necesaria sujeción al ordenamiento jurídico y el derecho a la sentencia justa,
- POR TANTO: