SENTENCIA CONSTITUCIONAL 91/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 91/2002

Fecha: 28-Oct-2002

I.3 Alegaciones de la parte recurrida.

El Sumariante Titular del INRA presentó el informe de fs. 184 y 185, reconociendo que en el primer sumario iniciado contra Roddy Fernando Sapiencia Pommier, éste formuló incompetencia de la sumariante, invocando el art. 67 del Reglamento de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LSAFCO); que indica que las autoridades superiores, abogados y auditores; deben ser sumariados por los asesores principales de los órganos que ejercen tuición de las entidades, en el caso concreto el Asesor Principal del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación.