Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1365/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.4.
II.4. En ejecución de sentencia, mediante decreto de 20 de febrero de 2002, la Jueza recurrida ordenó se expida la provisión ejecutoria para cancelar en DDRR el documento anulado, e igualmente ordenó la entrega de los bienes a favor de la Cooperativa actora, la cual no se concretó, habiéndose señalado audiencia de entrega para el 7 de septiembre de 2002 a horas 11 (fs. 106 vta., 116 y vta.).
- Jorge Zamora Tardío en representación de la ONG “María Auxiliadora”
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- “...el recurrente no fue demandado ni vencido en un juicio legal sustanciado con resguardo de las garantías del debido proceso
- III.4.
- III.5.
- III.6.