SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2002 - R
Fecha: 25-Nov-2002
II.1
II.1 Que, el 5 de octubre de 2001, el Ministerio Público efectuó imputación formal contra los representantes legales de las Agencias Despachantes de Aduanas “Aches” y “Vallegrande” por la comisión de los delitos de sustracción de prenda aduanera y asociación delictiva aduanera (fs. 1-8), la cual, radicada ante el Juez de Instrucción Sexto en lo Penal, motivó el decreto de 8 del mismo mes, mediante el que, teniéndose presente la imputación formal, se señaló audiencia de consideración de medidas cautelares (fs. 9), que se celebró al día siguiente con la presencia de los abogados de los imputados, habiéndose dispuesto a su conclusión que previo a considerar la aplicación de las citadas medidas, a fin de realizar la imputación formal, corrigiendo procedimiento, el Fiscal de cumplimiento a los arts. 6, 8, 9, 83, 84, 92, 94, 95 y 97 CPP (fs. 11-12).
- Álvaro Arias Gonzáles y Lenny Tatiana Valdivia Bautista, en representación con mandato del Gerente Regional de Aduana Santa Cruz, Juan José Zehl García
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Teresa Vera de Gil y Teresa Lourdes Ardaya Pérez, vocales de la Sala Penal Primera
- (fs. 190-191)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Los que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y en este Código
- APRUEBA