Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1430/2002 - R
Fecha: 25-Nov-2002
II.3
II.3 Que, resueltas dichas apelaciones como improcedentes y notificados los sujetos procesales hasta el 20 de mayo de 2002 (fs. 50-51), el expediente fue devuelto al Juez Cautelar el 29 del mismo mes, quien en la misma fecha decretó cúmplase, con lo cual se notificó a partir de esa fecha hasta el 5 de junio (fs. 53-54).
- Álvaro Arias Gonzáles y Lenny Tatiana Valdivia Bautista, en representación con mandato del Gerente Regional de Aduana Santa Cruz, Juan José Zehl García
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Teresa Vera de Gil y Teresa Lourdes Ardaya Pérez, vocales de la Sala Penal Primera
- (fs. 190-191)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Los que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y en este Código
- APRUEBA