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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 97/2002
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 97/2002

    Fecha: 18-Nov-2002

    INFUNDADO

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 120.6ª CPE y 79 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional declara INFUNDADO el Recurso planteado; imponiendo una multa de Bs200.- a la recurrente, suma que deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente Sentencia, en aplicación del art. 85-1)  LTC. 

    • I.1.1 Relación Sintética de los hechos que motivan el recurso.
    • a)
    • (fs. 15)
    • (fs. 1026)
    • II.1
    • II. 2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • que con relación a los casos de casación ante las Cortes Superiores, dispone que se requerirán tres votos conformes
    • III.5
    • III.6
    • INFUNDADO

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