El suscrito Magistrado ha expresado su desacuerdo con los fundamentos expuestos, así como con la decisión adoptada en la S.C. Nº 10/2002 de 30 de enero de 2002, por lo que ha emitido voto disidente en la aprobación de dicha Sentencia. En Consecuencia
Fecha: 22-Feb-2002
2.1.
2.1. Conforme enseña la doctrina constitucional, todo Estado Democrático de Derecho establece su estructura jurídico-política sobre la base de los valores supremos y los principios fundamentales; según la doctrina los valores supremos son los ideales y máximos objetivos de la Sociedad, por ello, determinan el sentido y finalidad de las demás normas del ordenamiento jurídico. Entre esos valores supremos se tiene: la justicia, la igualdad, la libertad y la dignidad humana, los que informan el contenido y sentido de las normas establecidas en el ordenamiento jurídico del Estado. Ello implica que, en resguardo de dichos valores supremos, el Estado está obligado a establecer un orden normativo justo, razonable y equitativo para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos fundamentales de la persona.