SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 15/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 15/02

Fecha: 20-Feb-2002

V.3.

V.3.     El art. 3 de este instrumento legal, concordante con el art. 1 antes citado, señala a la Aduana Nacional como la institución encargada de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías, generar las estadísticas de este movimiento sin perjuicio de otras atribuciones que le fijen las leyes.