SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 642/2002-R
Fecha: 05-Jun-2002
tener excelentes antecedentes
De acuerdo al art. 53 del citado Reglamento, entre los requisitos básicos para postular al Curso de Administración y Estado Mayor, se encuentran, en los incisos d), f) y g): el no haber sido dado de baja por faltas graves, o sometido a proceso disciplinario con Auto de culpa ejecutoriado; tener excelentes antecedentes, méritos y fojas de servicios policiales y no haber interrumpido sus años de servicio en forma voluntaria; y ser seleccionado por la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza, según solicitud de admisión voluntaria, previa evaluación del Estado Mayor de Coordinación y aprobación del Comandante General de la Policía Nacional. Asimismo, el art. 56-d), f) y g), repite los referidos requisitos para la postulación al Curso de Comando y Alta Dirección.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 2.
- a)
- 3.
- 4)
- 5)
- 6)
- 7) Felipe Molina Muñoz
- 8) Jorge Vidaurre Tapia, 28 de febrero de 2000 (fs. 168), en agosto y diciembre de 2001 (fs. 165 y 15) y 7 de marzo de 2002 (fs.11) solicitó
- CONSIDERANDO:
- tener excelentes antecedentes
- Dentro de ese marco, la selección de postulantes para los Cursos cuya convocatoria reclaman los recurrentes, debe ser realizada previa aprobación del Comandante General de la Policía Nacional
- el recurrido no ha dado ninguna respuesta a las sucesivas solicitudes
- única y exclusivamente a efectos de que la autoridad policial recurrida les dé una respuesta a sus pedidos
- POR TANTO: