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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2002-R

    Fecha: 26-Ago-2002

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.

    Con esos antecedentes plantea el presente Amparo en contra de Hugo Bilbao La Vieja y Renán Jiménez Sempertegui, Vocales de la Sala Penal Primera y Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y solicita sea declarado procedente, disponiendo se deje sin efecto el Auto de Vista de 04 de marzo de 2002 y que sea la Vocal María del Carmen Ponce quién convoque a un tercer Vocal para dirimir el pleito.

    • contra
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.
    • radicado
    • III.2.
    • forma personal o por cédula
    • Auto de Vista
    • abre la posibilidad de otorgar la tutela demandada por la falta de notificación legal
    • III.3.

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