Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2002-R
Fecha: 26-Ago-2002
II.5.
II.5. Por Auto de Vista de 04 de marzo de 2002, suscrito por los Vocales recurridos, se anula la sentencia y en el fondo declara al recurrente autor del delito de acusación y denuncia falsa, condenándolo a dos años de reclusión (fs. 52-53), resolución con la que se lo notificó “por tablero” en 12 del mismo mes y año (fs. 54).
- contra
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- radicado
- III.2.
- forma personal o por cédula
- Auto de Vista
- abre la posibilidad de otorgar la tutela demandada por la falta de notificación legal
- III.3.