SENTENCIA CONSTITUCIONAL 955/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 955/2002 - R

Fecha: 13-Ago-2002

II.2

II.2 Que, el 18 de junio de 2001, el recurrido, dictó sentencia declarando probada la demanda (fs. 29) y por Auto de 18 de julio del mismo año, dispuso que el recurrente exhiba el vehículo bajo su custodia, pero al no ser encontrado en el domicilio que tenía señalado y previo juramento de desconocimiento de domicilio se le notificó por edicto (fs. 32, 35, 37).

II.2 Que, el 18 de junio de 2001, el recurrido, dictó sentencia declarando probada la demanda (fs. 29) y por Auto de 18 de julio del mismo año, dispuso que el recurrente exhiba el vehículo bajo su custodia, pero al no ser encontrado en el domicilio que tenía señalado y previo juramento de desconocimiento de domicilio se le notificó por edicto (fs. 32, 35, 37).