SENTENCIA CONSTITUCIONAL 978/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 978/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

III.7.  En consecuencia, la elección del Secretario de la Directiva del Concejo Municipal de  Ayo Ayo, realizada mediante Resolución 52-A/2002 de 23 de mayo de 2002, es ilegal dado que la recurrente no ha cesado en sus funciones y no ha sido suspendida temporal ni definitivamente,

III.7.  En consecuencia, la elección del Secretario de la Directiva del Concejo Municipal de  Ayo Ayo, realizada mediante Resolución 52-A/2002 de 23 de mayo de 2002, es ilegal dado que la recurrente no ha cesado en sus funciones y no ha sido suspendida temporal ni definitivamente, máxime si se toma en cuenta que la inasistencia injustificada por parte de la recurrente, tipificada como falta en el art. 33-3) LM, debe ser objeto de proceso de acuerdo al trámite que prevé dicha Ley en sus artículos  35 y siguientes.