Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2002-R
Fecha: 16-Sep-2002
II.2.
II.2. Apelada esa decisión, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, por Auto de 18 de abril (fs. 23 y 24), revocó la decisión del Juez Cautelar y dispuso la detención domiciliaria de Isabel Trigo Orellana, así como la presentación cada 72 horas al Fiscal de la investigación, su arraigo y una fianza económica de Bs20.000.-
- Isabel Trigo Orellana,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.4.
- se ha evidenciado que es dueña de un inmueble que válidamente puede ser ofrecido como fianza en el presente caso.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- APRUEBA