Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2002-R
Fecha: 16-Sep-2002
II.4.
II.4. Sobre la base de lo anotado en el numeral precedente, el Juez Cautelar revocó las medidas cautelares sustitutivas que fueron impuestas a la recurrente, porque la misma quiso “sorprender al órgano jurisdiccional con la finalidad de obtener su libertad y al querer lograr el mismo con medios ilícitos, se tiene la presunción de que la misma la realiza con la finalidad de darse a la fuga y obstaculizar de esta manera la justicia”.
- Isabel Trigo Orellana,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.4.
- se ha evidenciado que es dueña de un inmueble que válidamente puede ser ofrecido como fianza en el presente caso.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- APRUEBA