Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2002 - R
Fecha: 26-Sep-2002
II.2
II.2 Que, tomando conocimiento del citado pliego y el Auto Intimatorio correspondiente, los herederos de Max Fernández Rojas, entre ellos, los recurrentes impugnan los mismos ante la misma Dirección Distrital del Servicio Nacional de Impuestos, de igual forma plantearon demandas contencioso-administrativas como también acudieron a la jurisdicción constitucional mediante la vía del Amparo, en reiteradas ocasiones, habiéndose dictado las correspondientes sentencias declarándose en todas ellas la improcedencia del Recurso (fs. 227, 243-247, 248-250, 251-255, 256-261).
- Alex Geovanni Parada Mendia en representación con mandato de Max Jhonny Fernández Saucedo y Roberto Fernández Saucedo
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra
- a)
- (fs. 304-311)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- III.3.1
- III.3.2
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA