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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1174/2002 - R

    Fecha: 26-Sep-2002

    III.7

    III.7   Que, resulta imprescindible además, precisar que las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, que regían el trámite del recurso de amparo y hábeas corpus han sido expresamente derogadas a tiempo de la plena vigencia de la Ley del Tribunal Constitucional, que ingresó a regir en el ordenamiento jurídico, a partir del 1 de junio de 1999, por lo que resulta impertinente sustentar una demanda en las mismas.

    • Alex Geovanni Parada Mendia en representación con mandato de Max Jhonny Fernández Saucedo y Roberto Fernández Saucedo
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra
    • a)
    • (fs. 304-311)
    • improcedente
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III.1
    • III.2
    • III.3.1
    • III.3.2
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • III.7
    • APRUEBA

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