SENTENCIA CONSTITUCIONAL 09/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 09/2003 - R

Fecha: 08-Ene-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de acuerdo con el dictamen Fiscal declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que no cabe duda que el imputado no fue juzgado en proceso penal, dado que la defensora de oficio asignada no asumió defensa alguna a su favor y b) que la recurrida antes de dictar sentencia al tenor del art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), debió revisar de oficio la causa para verificar si se siguió el procedimiento y si las partes actuaron en igualdad de condiciones, al no haberlo hecho todo lo obrado es nulo conforme al art. 1 segundo párrafo del CPP 1973.