Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2003-R
Fecha: 30-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el presente amparo el recurrente alega que los Vocales recurridos, en el proceso concursal promovido por un acreedor contra Alberto Arredondo en el que él persigue el pago de sus beneficios sociales, en una errónea e ilegal interpretación del art. 568 CPC, revocaron la decisión del Juez que denegó el pedido de desglose del proceso coactivo civil que sigue el Banco Bisa S.A., con lo que se han conculcado sus derechos a la igualdad, de acceso a la justicia, a la defensa, a la justa remuneración y pago de beneficios sociales y la garantía del debido proceso. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- En ambos casos, se acumularán en el Juzgado que conociere el concurso, todos los procesos ejecutivos que se sustanciaren en otro, en el estado en que se encontraren.
- concurso necesario,
- “De los Procesos de Ejecución
- III.2.
- todas las deudas que tenga el concursado
- Fragmento 16
- APRUEBA