SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0102/2003

Fecha: 04-Nov-2003

a)

En efecto, las disposiciones legales impugnadas, al disponer la consolidación al salario básico de todos los bonos existentes que correspondían a cualquier forma de remuneración, de un lado y, del otro, al establecer la prohibición de retribuciones adicionales, bonos en dinero o especie, pulpería subvencionada u otro tipo de obsequios, gratificaciones, no han lesionado ningún valor supremo, principio fundamental, menos derechos fundamentales o garantías constitucionales de los trabajadores, al contrario han consolidado todas aquellas conquistas o reivindicaciones laborales, traducidas en un mejoramiento a sus ingresos que habían sido establecidas en calidad de bonos; de manera que con ello no se ha lesionado el derecho fundamental a la justa remuneración que consagra el art. 7.j) de la Constitución, como erradamente sostienen los solicitantes del recurso. De otro lado, tampoco infringen los principios: a) del orden público de las disposiciones sociales; b) de la retroactividad de las leyes en materia social, cuando expresamente se determina en la ley; y c) de la irrenunciabilidad de los derechos y beneficios sociales reconocidos a favor de los trabajadores, todos ellos consagrados por el art. 162 CPE; toda vez que al disponer la consolidación de los bonos no se ha desconocido de manera alguna el orden publico de las disposiciones sociales las que seguirán y siguen siendo de aplicación obligatoria y preferente, pues no se ha infringido disposición alguna, tampoco se ha desconocido el carácter retroactivo, ni ha desconocido derecho o beneficio social de los trabajadores, al contrario ha consolidado al salario básico de los trabajadores todos los bonos obtenidos.