SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1640/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
a)
a) La representación del oficial de diligencias sobre desconocimiento de domicilio de los imputados no merece credibilidad, ya que debió aproximarse al domicilio de los co-imputados señalado en las conclusiones de diligencias de policía judicial y en los prontuarios personales acumulados desde el inicio de la investigación policial; aspecto que debió ser observado por el juez recurrido, de conformidad al art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), a fin de evitar incidentes y causas de nulidad.
La recurrente denuncia la vulneración a los derechos a la defensa y al debido proceso de sus representados, bajo el argumento de que la autoridad judicial recurrida: a) declaró su rebeldía en la instrucción, en mérito a ilegales representaciones del oficial de diligencias efectuadas en base a la información de la parte querellante; b) designó un defensor de oficio que no realizó ninguna defensa material; y c) emitió mandamientos de detención formal. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si los supuestos actos ilegales son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 18 CPE.
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- b)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- que no tuviere morada conocida
- por información de la parte civil
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- Fragmento 19
- APROBAR