SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1640/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1640/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

por información de la parte civil

De los antecedentes que informan el expediente, se advierte que interpuesta la denuncia contra los representados de la recurrente, se elaboraron las respectivas diligencias de policía judicial, en cuyas conclusiones, se consignó de manera expresa el domicilio de los sindicados y una vez dictado el Auto inicial de la instrucción, el juez demandado emitió mandamientos de comparendo con el propósito de que los imputados comparecieran a su despacho, a efectos de prestar sus declaraciones indagatorias, órdenes que fueron representadas por el Oficial de Diligencias en sentido de que se desconocía su paradero y morada, por información de la parte civil, de lo que se infiere que el referido funcionario judicial, no se constituyó en el domicilio señalado en las diligencias de policía judicial, como era su responsabilidad, para constatar si ciertamente no se encontraban los imputados, sino más por el contrario basó su representación en la información unilateral de la parte querellante; no obstante esta irregularidad, el juez recurrido sin advertir esa omisión, emplazó a los representados de la actora mediante edicto, el cual sólo procede cuando se desconoce el domicilio, por consiguiente, declaró ilegalmente la rebeldía de los imputados al contravenir el trámite previsto por el citado art. 101 CPP.1972.