Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1640/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
II.2
II.2 El 14 de noviembre de 2001, el juez recurrido dictó el Auto inicial de la instrucción por el delito de estafa (fs. 161), en cuyo mérito se libraron mandamientos de comparendo, siendo representados por el oficial de diligencias, en sentido de que se desconocía el paradero de los imputados y de una morada conocida, por información de la parte civil (fs. 164-165); y previa solicitud de la parte querellante (fs. 166), dispuso la citación de los imputados mediante edictos (fs. 166 vta.-167), que derivó en la declaratoria de rebeldía (fs. 170)
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- b)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- que no tuviere morada conocida
- por información de la parte civil
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- Fragmento 19
- APROBAR