SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1662/2003 - R
Fecha: 17-Nov-2003
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 4 de septiembre de 2003, cursante de fs. 186 a 187 vta. pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Carmen Beatríz Ruiz Parada, Defensora del Pueblo en Suplencia Legal, en representación de Alfredo Díaz Bustos, contra Carlos Sánchez Berzaín, Ministro de Defensa Nacional, alegando la violación del derecho a la objeción de conciencia, respecto al servicio militar obligatorio, inmerso en los derechos a la libertad, de pensamiento, conciencia, religión, igualdad jurídica y supremacía de los derechos fundamentales reconocidos en los tratados, objetando además, el impuesto militar, contenido en las normas de los arts. 3, 6.I, II, 35 y 59 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1.1), 12.1), 2), 3), 12, 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 2.1), 18.1), 2), 3) y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurs
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Los derechos fundamentales invocados por la recurrente como lesionados por el recurrido
- III.2 Los derechos fundamentales invocados en el sistema constitucional boliviano
- “de prestar los servicios civiles y militares que la Nación requiera para su desarrollo, defensa y conservación”
- “defender y conservar la independencia nacional, la seguridad y estabilidad de la República y el honor y soberanía nacionales; asegurar el imperio de la Constitución Política, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido y cooperar en el desarrollo integral del país”
- “todo boliviano está obligado a prestar servicio militar de acuerdo a Ley”
- III.4 El aparente conflicto entre la obligación del servicio militar y los derechos a la libertad de conciencia, libertad de religión y libertad de cultos
- III.5 La objeción de conciencia en el Sistema Constitucional boliviano y la supuesta lesión por la autoridad recurrida
- promulgar leyes y adoptar medidas destinadas a eximir del servicio militar cuando exista una auténtica objeción de conciencia al servicio armado
- III.6 La problemática concreta planteada por la recurrente
- III.6.1
- III.6.2
- III.6.3
- APRUEBA