SENTENCIA CONSTITUCIONAL 115/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 115/2003

Fecha: 05-Dic-2003

1.3.2.  Exposición de derecho.

Al dictar la Resolución 26/2003, no han usurpado competencia de otro Tribunal, menos han revocado resoluciones pronunciadas por el Juez comisionado, quien, dicho sea de paso, es comisionado sólo para levantar diligencias y recibir pruebas, y una vez cumplido ese cometido, elevar el informe al Tribunal comitente tal como expresa la última parte del art. 266 CPP.1972.

Antes de dictar la Resolución 26/2003, el Tribunal hizo un análisis cuidadoso de los antecedentes y la abundante prueba preconstituida aparejada al proceso, los que se refieren a hechos y actos realizados por el imputado, ahora recurrente, como Gerente General y Presidente del Directorio del ex Banco BIDESA S.A. y no como profesional abogado; es más los ilícitos que se le imputan son anteriores a la fecha de suscripción de la iguala que presentó además de haberse matriculado en el Colegio de Abogados en fecha posterior a los hechos sometidos a juzgamiento.