SENTENCIA CONSTITUCIONAL 115/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 115/2003

Fecha: 05-Dic-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Dentro del proceso que como Caso de corte sigue el ex Banco BIDESA S.A. en liquidación contra Lourdes Jiménez, su persona (Luis Fernando Roberto Landivar Roca) y otros, el Juez de Partido Segundo en lo Penal en suplencia del Juez de Partido Primero en lo Penal (Juez comisionado) mediante Resolución 058/2001 de 3 de agosto de 2001 dispuso que en los casos del imputado Luis Telesca Silva y suyo, con carácter previo a cualquier actuación judicial, se solicite licencia al Colegio de Abogados donde están agremiados, habiendo remitido obrados para dicho efecto a la Corte Superior de Distrito de La Paz (Tribunal comitente). Por otra parte, el Juez comisionado, dispuso mediante Resolución 025/2002 de 3 de mayo, la remisión de obrados al Tribunal comitente a efecto de que se pueda imprimir el trámite correspondiente a la apelación en contra de la Resolución 004/2001 formulada por él, y disponerse lo pertinente respecto al trámite de licenciamiento ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados formulados.

El Tribunal comitente, Corte Superior del Distrito de La Paz, usurpando funciones de la Sala Plena de la Corte Superior de Cochabamba como Tribunal de apelación, ejerciendo jurisdicción y potestad que no le otorga el Código de Procedimiento Penal (CPP. 1972) mediante Resolución 26/2003 de 22 de mayo, con la que no ha sido notificado, resuelve dejar sin efecto y revoca las resoluciones 058/2001 y 025/2002 que están ejecutoriadas, al rechazar la remisión de antecedentes al Colegio de Abogados de Santa Cruz, y lo peor, es que lo hacen de oficio, sin que exista apelación alguna y fuera de todo término legal.