SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2003-R

Fecha: 12-Dic-2003

representante del Ministerio Público

  El representante del Ministerio Público emite dictamen por que se declare improcedente el recurso con el argumento de que los ahora recurridos fueron amparados  para ejercer los cargos de Alcalde, Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Huanuni, mediante la SC 522/2002-R de 8 de mayo,  resolución que toda persona tiene la obligación de acatar, cumplir y respetar conforme lo dispone el art. 44 LTC, además de que todos los Autos  y resoluciones emitidos por el Tribunal Constitucional  guardan y tienen vinculación directa con la Sentencia Constitucional citada.