SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1938/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1938/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que se ha lesionado su derecho a la libertad de locomoción previsto por el art. 7. g) CPE, debido a que el Juez recurrido desestimó su desarraigo, no obstante sus reiteradas solicitudes de levantamiento de la medida, cuando dicha medida restrictiva de la libertad, no puede ser adoptada dentro de un proceso civil de quiebra,  por lo que corresponde analizar si son evidentes los actos denunciados y si se hallan dentro de la protección que consagra el art. 18 CPE.