SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1938/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1938/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

procedente

La Resolución 31/2003 de 13 de noviembre de fs. 34 a 36, declaró procedente el recurso, sin costas ni daños y perjuicios por ser excusable, disponiendo que el Juez recurrido en el día levante el arraigo y sea comunicado a la Dirección de Migración para efectos de ley, con los siguientes argumentos: 1) que sólo procede el arraigo  como reacción a un ilícito penal, necesariamente impuesto dentro de un proceso de ésta naturaleza, conforme lo dispone el art. 240 del Código de Procedimiento Penal (CPP), 2) que la Resolución  33/99 que dispuso la remisión de obrados ante el juez penal, se encuentra  en apelación ante el superior en grado, y en todo caso, le faculta a éste, disponer el arraigo u otra medida cautelar.